jueves, 6 de marzo de 2008

¿El nuevo Reglamento prevee más exclusiones en su ámbito de aplicación ?

¿......Y LOS DATOS RELATIVOS A EMPRESARIOS INDIVIDUALES?
No, tampoco se incluye en el ámbito objetivo de aplicación. cuando hagan referencia a ellos en su calidad de comerciantes, industriales o naviero.

¿Y LOS FICHEROS Y TRATAMIENTOS DE PERSONAS FISICAS DEL AMBITO DOMESTICO?
No, el Rgto 1720/2007, de 21 de diciembre expresamente excluye los tratamientos relativos a las actividades que se inscriben en el marco de la vida privada o familiar de los particulares

By: Angeles Martínez Balbás. Consultoría en protección de datos y Derecho de Nuevas Tecnologías.

4 comentarios:

Unknown dijo...

No entiendo el ámbito de la exclusión que hace el Reglamento de los datos de personas físicas que trabajen para personas jurídicas, ¿eso significa que no tenemos que inscribir en la Agencia el fichero de los trabajadores de la empresa?

Angeles Martínez Balbás dijo...

Hola Iñaki,

Yo entiendo que el ámbito objetivo de aplicación del Reglamento a tenor literal del art 2 no son las personas jurídicas ni tampoco las personas físicas en tanto en cuanto nos referimos a ellas cuando prestan sus servicios en ellas e incluyan nombre y apellidos, las funciones o puestos desempeñados, así como la dirección postal o electróncia, teléfono y número de fax profesionales.
Entiendo que los ficheros de los trabajadores tienen los datos anteriores y también otro pequeño detalle como es el número de cuenta corriente!!!.
Pero si es cierto que hay que hilar fino entre ambito objetivo y ficheros o tratamientos excluidos.

By, Angeles Martínez Balbás.

Lester dijo...

Entiendo que solo afecta a los datos estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad profesional. Si la empresa mantiene un registro de datos privados (por ejemplo del domicilio del trabajador, teléfonos personales) debe inscribirlo?
Gracias

Angeles Martínez Balbás dijo...

Hola Lester,
Si, las bases de datos de trabajadores hay que inscribirlas en el registro de la agencia española de protección de datos.

By Angeles Martínez Balbás.